Vie. Abr 19th, 2024

Todos los ciudadanos son iguales ante la ley. Claro está, como diría Mafalda, que algunos son más iguales que otros. Si en el banquillo de los acusados no estuviera la poderosa viuda de Néstor Kirchner, actual Vice vicepresidenta de la Nación, es muy posible que el Tribunal Oral Federal N°8 , no hubiera dictado el sobreseimiento de ella y la de los otros procesados en la causa iniciada por el fiscal Nisman, quien denunciara un plan criminal comandado por Cristina para encubrir a los sospechosos de volar la AMIA.

El tribunal consideró innecesario llegar al juicio oral y desestimó todas las pruebas y los argumentos aportados en la causa, tampoco, que fueran escuchados los 300 testigos que tenían previsto convocar. Concluyeron muy livianamente y al margen de los procedimientos legales, que la denuncia de Nisman no se sostenía. Resulta muy penoso y lamentable que la grave acusación formulada en su momento por el fiscal asesinado, no se haya podido desarrollar en un juicio oral y público como correspondía hacerlo.

Desde el plano del derecho procesal penal el trámite fue absolutamente irregular: los jueces abrieron una instancia adicional no prevista en el código, y permitieron que Cristina se explayara en un planteo de nulidad, antes del juicio, lo que no sucedió con la otra parte y concluyeron desactivando la causa.  Como bien lo manifiesta al diario La Nación el abogado constitucionalista Félix V. Lonigro “Que no se haya podido realizar el juicio oral y que no se le haya puesto una fecha y se la haya sobreseído sin haberse iniciado ese proceso es escandaloso, más allá de la gravedad de las acusaciones. Porque, inclusive, si no hubo traición a la patria como hecho consumado, por lo menos lo hubo en grado de tentativa o encubrimiento. Era necesario que el poder político brindara las explicaciones correspondientes en el debido proceso”.[i]

Para el constitucionalista Daniel Sabsay, el tribunal modificó el Código Procesal Penal usurpando facultades del Congreso y creando nuevas etapas procesales al permitir a Cristina que expresara su descargo en una audiencia no prevista en la legislación.

Coincidimos con el doctor Alejando Fargosi, exmiembro del Consejo de la Magistratura, de que el fallo “es una barbaridad”. Fargosi explica que resulta “lamentable y típico uso de la teoría de los actos políticos no judiciables para justificar cualquier exceso y ahora, para exonerar probables delitos, impidiendo hasta su investigación”. Sostuvo, además, que “negociar la soberanía judicial, aunque sea en grado de tentativa, no es uno de esos actos, sino un alzamiento contra la jurisdicción nacional”. Este fue uno de los más polémicos puntos del acuerdo con Irán, que no pudo concretarse porque el Congreso de aquel país, nunca lo aprobó.

El fallo todavía no está firme, queda la instancia de revisión en la Cámara de Casación, por lo que es impropio que jueces y fiscales identificados con el kirchnerismo hayan celebrado el fallo y volcaron expresiones laudatorias en las redes sociales. “Se comportan como jueces militantes más que como magistrados independientes del Poder Judicial”, afirmó el presidente de la Asociación de Magistrados y funcionarios de la Justicia Nacional, Marcelo Gallo Tagle.

Deberían saber que uno de los pilares en que se asienta el sistema republicano es la independencia de los poderes del Estado. Y en este fallo absolutorio resulta evidente la influencia política que direccionó a los jueces.

Es de esperar que la violenta muerte del el Fiscal Nisman, a horas de declarar ante una comisión de la Cámara de Diputados, no haya sido en vano y no se consagre la impunidad de Cristina Kirchner y el resto de los procesados.