Este miércoles se realizó el lanzamiento del Registro de Anotación Voluntaria de personas travestis, transexuales y/o transgénero aspirantes a ingresar a trabajar en el Sector Público Nacional.
Según dindicaron desde el Gobierno Nacional, la inscripción no será requisito previo para el ingreso, del mismo modo que la sola inscripción no garantiza el ingreso a un puesto disponible en el sector público nacional.
Se trata de una herramienta que forma parte de las acciones del Cupo Laboral Travesti Trans en el Sector Público Nacional creada por el Decreto Nº 721/2020 para promover la transparencia en el acceso de personas travestis, transexuales y transgénero a un puesto laboral en el Sector Público Nacional.En el Registro podrán inscribirse quienes lo deseen, sin importar si ya realizaron o no la rectificación registral de la identidad aupercibida y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI.
El cupo laboral en el sector público fue establecido por el decreto 721/2020, firmado por Alberto Fernández en septiembre del año pasado, y garantiza que al menos el 1 por ciento de la totalidad de cargos y contratos del Estado Nacional se destinen para personas travestis, transexuales y transgénero.En el Registro podrán inscribirse quienes lo deseen, sin importar si ya realizaron o no la rectificación registral de la identidad aupercibida y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI: travesti, transexual y/o transgénero. En el caso de inscribirse, es importante actualizar los datos periódicamente. Solo se requiere ingresar al formulario y completar la información nueva.
En cuanto a los requisitos: -No es necesario contar con el cambio registral de DNI.
Algunas de las tareas que se llevarán adelante a partir de la creación del Registro son:-Diseñar los circuitos de información dentro del Sistema de Información del Registro.-Realizar el monitoreo, implementación y seguimiento de las funciones y objetivos del Registro.-Recepcionar la información referente a los puestos de trabajo disponibles en el Sector Público Nacional.-Implementar la selección aleatoria de los perfiles laborales de las personas travestis, transexuales y transgénero a partir de la información brindada al momento de la inscripción al Registro.-Enviar a las entidades y jurisdicciones requirentes el resultado de la selección aleatoria.-Establecer los ajustes y/o cambios o actualizaciones que sean necesarias para garantizar el funcionamiento del sistema informático.