Vie. Abr 19th, 2024

Te recordamos que no es necesario acercarte por nuestras oficinas para realizar tus trámites de ANSES. A través de nuestra plataforma de Atención Virtual podés enviar tus consultas y requerimientos, que serán atendidos por nuestros trabajadores y trabajadoras.

Para ingresar necesitas tu número de CUIL y Clave de la Seguridad Social. Si no contás con Clave podés generarla en el momento.

La Atención Virtual está disponible todos los días de 00 a 20hs. Se admitirán 60.000 trámites diarios.

Es importante que actualices tus datos de contacto ya que ANSES responderá tu consulta por correo electrónico.

Acceso directo: https://www.anses.gob.ar/informacion/atencion-virtual

Trámites que podés realizar:

Inicio de jubilación.
Inicio de pensión por fallecimiento de un jubilado o de un trabajador en actividad.
Rehabilitación del cobro de una jubilación o pensión.
Activación de una jubilación o pensión suspendida.
Reclamo de un haber no cobrado de una jubilación o pensión.
Reajuste por fallo judicial.
Citación para agregar documentación o cese de servicios.
Cambio de obra social para jubilados y pensionados.

Asignación por Embarazo para Protección Social.
Asignación Prenatal.
Asignación por Maternidad / Maternidad Down.
Autorización para el cobro de asignaciones por hijo con discapacidad.

Prestación por Desempleo.

Apoderado para jubilados y pensionados.
Apoderado para Asignaciones Familiares.
Abogados: solicitar poder para tramitar.

Actualización de datos personales y familiares.
Cambio de obra social para trabajadores.
Subsidio de contención familiar.

Trámites sobre los que podés solicitar asesoramiento:

Jubilación.
Pensión.
Reajustes.
Pensión Universal Adulto Mayor.
Matrimonio/Convivencia.
Subsidio de Contención Familiar.
Poderes.
Actualización de datos personales o del grupo familiar.
Asignación Universal por Hijo.
Asignación Familiar por Hijo.
Asignación por Nacimiento y Adopción.
Pensión no contributiva para madre de 7 hijos.
Régimen de reparación económica para niñas, niños y adolescentes – Ley 27.452.
Certificado de vivienda familiar RENABAP