El pedido de Cristina a la Suprema Corte
Que un poder del Estado pida permiso a otro para funcionar, no se ha visto en nuestro país, ni creo, en otra república democrática, donde lo primero es la separación e independencia de los poderes del Estado.
Sin embargo, esto es lo que ha sucedido cuando la Vice Presidenta, que es al mismo tiempo Presidenta del Senado, le solicita a la Corte Suprema de Justicia, dicte una declaración de certeza que avale la validez de sesiones virtuales del Congreso en el marco de la pandemia por el coronavirus.
La Constitución es muy clara y especifica en su artículo 66, en cuanto a que cada Cámara del Congreso dicta su propio reglamento. Si la Sra. Vicepresidente quiere sesionar apelando a tecnologías virtuales, basta que el propio cuerpo lo autorice o modifique el reglamento de estimar necesario, de ninguna manera es un resorte de la Suprema Corte, cabeza de otro poder del Estado, el Judicial, resolver sobre un asunto que es facultad de cada cámara.
Ciertamente resulta penoso que el Congreso no esté funcionando, tomando las medidas necesarias para preservar la salud de los legisladores en plena epidemia de coronavirus. Muchas actividades nunca se paralizaron, como es el caso de los supermercados, a título de ejemplo. Sin funcionar el Congreso, tampoco el poder judicial, por propia decisión, el Poder Ejecutivo quedó librado a su total arbitrio y es así que el Presidente Alberto Fernández ya lleva firmados 32 Decretos de Necesidad y Urgencia. Claro está que en un DNU también participan los ministros, quienes deben rubricarlos, porque los DNU tienen fuerza de ley, pero deben ser aprobados por el Congreso.
El jefe de Gabinete, en este caso Santiago Cafiero, debe enviarlo a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso (integrado por 8 diputados y 8 senadores) en un plazo no mayor de 10 días. Esta comisión tiene que elevar un dictamen y enviarlo a cada Cámara legislativa para su tratamiento, también en no más de 10 días. Cabe destacar que, en este tiempo, el DNU tiene plena vigencia. Cada Cámara emite una Resolución expresando su apoyo o rechazo al DNU. Si ambas cámaras rechazan el decreto, éste pierde validez de forma permanente. No obstante, quedan a salvo los derechos adquiridos mientras la norma estaba en vigencia.
Pero con motivo del auto receso en que está sumergido el Poder Legislativo, la Comisión que debe tratar los DNU, tampoco está funcionando.
El Congreso con sus dos cámaras debe funcionar y no hay nada que lo impida, solo hacerlo en condiciones sanitarias seguras. Todos recordamos que al comienzo de la 2da. Guerra Mundial, en lo que se llamó la Batalla de Inglaterra, mientras Londres era cruelmente bombardeada, el Parlamento Británico continuaba funcionando y el Primer ministro Winston Churchill pronunciaba en él sus célebres discursos. Un ejemplo para nuestros parlamentarios.
El pedido de Cristina a la Corte, puede interpretarse como una sobreactuación institucional, como lo calificó el diputado Mario Negri, o una jugada política que no es simple entender. Pero de Cristina hay que cuidarse. Nunca da puntadas sin hilo.
Sergio Massa titular de la Cámara baja, a diferencia de Cristina, que preside el Senado, avanza con un plan para realizar sesiones remotas. Con la activa participación de la diputada Graciela Camaño (Consenso Federal), ya tiene listo un borrador de dictamen para reformar el reglamento del cuerpo, que pondrá a consideración del resto de los bloques en las próximas horas.
Los constitucionalistas Daniel Sabsay y Félix Lonigro coinciden en que la Corte debería rechazar el pedido de Cristina Kirchner ya que no es competencia originaria del máximo tribunal.