Los cambios aplicados en la Ley 24.653 son los siguientes:
- Antes: “A los fines de lo previsto en la presente reglamentación, se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea igual o superior a la suma de SETECIENTOS (700) kilogramos”.
- Ahora: “A los fines de lo previsto en la presente reglamentación, se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea superior a TRES MIL QUINIENTOS (3500) kilogramos, y en el caso de los acoplados o remolcados, desde SETECIENTOS CINCUENTA (750) kilogramos. Se encuentran excluidas del alcance de esta reglamentación las casas rodantes remolcadas o autopropulsadas, sin límite de peso.”
“Dichas normas representan un avance sustancial en la desregulación del transporte automotor y tienen como objetivo la simplificación de los trámites administrativos, la potenciación de los servicios brindados y la generación de mayor competitividad dentro del sector”, sostuvieron.
Al respecto, el ministro de Economía, Luis Caputo, sobre los cambios en el RUTA consideró que “el transporte de cargas tiene un rol fundamental en el desarrollo productivo del país, por lo que resulta necesario adoptar medidas que reduzcan la carga burocrática y eliminen barreras para el ejercicio de la actividad”.
Por su parte, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, consideró que el mismo es “un trámite absurdo, puramente con fines estadísticos, que era caro y engorroso de realizar”. “Ahora pasa ser un registro digital y gratuito. Se evitan días de trabajo perdidos y los transportistas ahorran dinero que iba a la casta”, señaló en sus redes sociales y agregó: “Igual esto no termina acá. Intentaremos por ley para eliminar definitivamente el RUTA”.
