Además dijo que la modalidad para el acogimiento se efectúa únicamente a través de la página web de la DGR y mediante el uso de clave fiscal otorgada por la AFIP.
También informó que las condiciones son: tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1/6/2023 hasta el momento del acogimiento al plan.
“Es decir, los anticipos 5-6-7-8 y 9/23 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública, y las cuotas 6-7-8-9 y 10/2023 de los impuestos Inmobiliario ya los Automotores y Rodados”, declaró Carrizo.
Beneficios
Intereses: Reducción del 100% de los intereses devengados con anterioridad al 31/12/2020. Asimismo, se prevén las siguientes reducciones:
70% por pago al contado, 50% mediante pagos parciales y 60% mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta el mes de FEBRERO de 2024, inclusive.
Multas
Importantes beneficios de reducción y remisión según el estadio procesal en que se encuentren. Respecto de las prórrogas anteriores se incrementan beneficios de reducción. El vencimiento del primer pago parcial opera al 15/11/2023.
BOCAS DE PAGO PARA LOS TRIBUTOS EN GENERAL
Sergio Guerra de la División Dictámenes y Capacitación, informó cuáles son las bocas de pago para los tributos:
1.- Banco Macro S.A.
2.-Banco Santiago del Estero S.A.
3.-Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán.
4.-Rapi Pago
5.-Pago Fácil
6.-También se puede pagar utilizando los botones de pago disponibles en la web del organismo con cualquier tarjeta de débito de cualquier banco (INTERBANKING, PAGO FÁCIL, RAPIPAGO Y Banco Macro).
Por otro lado, “si el contribuyente no cuenta con acceso a un sistema informático, se puede dirigir a las bocas de pago de las empresas Rapi Pago o Pago Fácil y efectuar el pago de los impuestos Inmobiliario y Automotores y Rodados, sin contar con la boleta física con la sola indicación del padrón o la patente del vehículo y la cuota que desee abonar”.
Beneficios: Impuesto Inmobiliario, Automotores y rodados
- Bonificación del 8,33% en el pago de cada cuota que se efectúe mediante cesión de haberes en cuenta sueldo o débito automático en cuenta corriente/caja de ahorros de cualquier entidad bancaria.
- Los contribuyentes podrán adherirse a los mencionados sistemas a través del sitio web de este organismo (www.rentastucuman.gob.ar) o, en el caso del débito automático, también concurriendo a la entidad bancaria con la que opera.
- Bonificación del cien por ciento (100%) de la cuota décima segunda (12a), cuando el pago de las 11 primeras cuotas se efectúen a su respectivo vencimiento o hasta el último día hábil del mes calendario en que se produzca el vencimiento general de la cuota de que se trate, con más los intereses correspondientes.
