Luego de que lo decidiera en marzo de este año, argumentando «una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios«, el gobierno nacional volvió a emitir un decreto para postergar la actualización de impuestos que se aplicarían a los combustibles. El último incremento de las naftas fue de hasta un 4,5% y ocurrió hace dos semanas, provocando controversias por la intención de las compañías de aumentar por encima de lo acordado previamente.
A través del decreto 332/2023 publicado en un anexo del Boletín Oficial, se dispuso que los incrementos en los montos de los impuestos que resulten de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario de 2022 y al primer y segundo trimestres calendario de 2023 surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de noviembre de 2023, inclusive.
La normativa hace referencia a una disposición oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que en el 2018 normativizó una actualización de los montos de los impuestos en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año. Sin embargo, a partir del cambio de gestión la aplicación de la normativa fue difiriendo para evitar distorsiones impositivas y el incremento de precios generalizado derivado del aumento de los combustibles.
