Vie. Jul 31st, 2026

Justamente hoy cuando el país asiste a una suerte de rebelión institucional, impulsada por el mismo gobierno nacional, por su vicepresidenta que intenta victimizarse, por su camaleónico presidente y por el partido político nacido en 1945, que extrañamente se han aliado para provocar este golpe corporativo contra uno de los poderes del Estado, el poder judicial, recordamos a Juan Bautista Alberdi que nació en nuestra ciudad, San Miguel de Tucumán, un 29 de agosto, el mismo año en que nacía la Patria, 1810. Por tal motivo, los hombres de leyes, que ven en Alberdi el paradigma del abogado y al ideólogo y padre de nuestra Constitución, festejan su día.

Deberíamos sentir vergüenza al recordar que nuestro ilustre comprovinciano, gran defensor de las libertades individuales frente al poder omnímodo del Estado, que legó a su Patria lo mejor de sí, no solo brindándonos sus ideas, sino también, divulgándolas, explicándolas, interpretándolas, en numerosas publicaciones, escritos y discursos, murió solo, en la pobreza, lejos de su tierra natal, en un suburbio de París, el 18 de junio de 1884.

Sin embargo, la Argentina actual, necesita más que nunca recrear el pensamiento alberdiano, porque el genial publicista tucumano, estaba convencido de que solo la organización institucional en el contexto de una auténtica República, el pleno acatamiento a la Constitución y a las leyes que emanan de ella, el respeto por las libertades individuales, y la educación, como generadora de hombres libres, pondrían al país de pie dentro del concierto universal de las naciones.  Está claro que lo necesitamos más que nunca porque corren tiempos de golpes institucionales, de insensible quebrantamiento de la Ley Suprema que Alberdi nos ayudó a alumbrar y de absoluta falta de respeto a las ideas económicas que expone con meridiana claridad en su libro Sistema Económico y Rentístico de la Confedera­ción Argentina según la Constitución de 1853.  Redactado de manera entendible para que bien se interpretara el contenido en materia de Economía Política del texto constitucional.

Alberdi era un hombre de letras, pensador, ideólogo, publicista, economista, diplomático, político, periodista, músico y artista. Los abogados deben sentirse bien motivados por el prócer cuando define al derecho. En su Fragmento Preliminar al Estudio del De­recho escrito en el año 1837 expresa: “el derecho es la regla funda­mental de la sociedad humana, el guardián de la libertad indivi­dual (…) Viene de Dios, que ha sometido a su gobierno el género humano, como a la gravitación universal el universo físico. Por tanto es también absoluto, eterno, santo por sí mismo, como la libertad que custodia».

Alberdi, que por una diablura del destino, duerme su inmortal sueño en un pasillo de la Casa de Gobierno de Tucumán, interpretaba en vida a la política, expresando que «Ninguna mayoría, ningún partido o asamblea tiene de­recho para establecer una ley que ataque las leyes naturales». Sostenía también «La voluntad de un pueblo jamás podrá sancionar como justo lo que es esencialmente injusto».  Es que bien entendía que la principal función de un gobierno es asegurar a cada ciudadano sus derechos, especialmente el de su libertad.

En 1880, preparó un discurso para el acto de colación de grados de los jóvenes abogados que egresaban de la Universidad de Buenos Aires. Si bien su debilidad le imposibilitaba pronunciar sus palabras por lo que tuvo que ser leído por un tercero. Insistía en su concepción de la libertad y así lo expresaba al señalar que “La libertad individual, que es la capital libertad del hombre, es la obrera principal e inmediata de todos sus progresos, de todas sus mejoras, de to­das las conquistas de la civilización, en todas y cada una de las naciones». A esta causa había dedicado su vida entera.

Es muy importante recordar a Alberdi y sus ideas, que parecieran ser desconocidas por nuestros actuales gobernantes, imbuidos de la soberbia del poder y escasos de inteligencia para entender su pensamiento.  Y concluyo con uno de ellos que bien les incumbe. ….«la Constitución argentina, como todas las conocidas en este mundo, vio el escollo de las libertades, no en el abuso de los particulares tanto como en el abuso del poder. Por eso fue que antes de crear los poderes públicos, trazó en su primera parte los principios que debían servir de límites de esos poderes: primero construyó la medida, y después el poder. En ello tuvo por objeto limitar, no a uno sino a los tres poderes; y de ese modo el poder del legislador y de la ley quedaron tan limitados como del Ejecutivo mismo».