Vie. Abr 26th, 2024

Luego de un año y medio de cumplir funciones a través de teletrabajo, este mes miles de empleados de la administración pública provincial regresarán a las oficinas con nuevas pautas de presencialidad.

El gobernador Juan Manzur firmó el decreto 1893-1/2021 con el objetivo de normalizar las actividades en las distintas reparticiones del Estado, que adoptaron medidas restrictivas a causa de la pandemia de coronavirus.

El decreto establece: “El retorno a la prestación de servicios en modalidad presencial del personal de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, incluidas las Comunas Rurales, cualquiera sea su condición de revista. Las autoridades deberán organizar las áreas a su cargo, garantizando el cumplimiento de las medidas sanitarias y protocolos correspondientes, así como disponer las condiciones del teletrabajo para aquellos agentes que continúen con esa modalidad”.

El gobierno provincial también solicita que se implemente el sistema de burbujas, para evitar contagios masivos en las diversas oficinas públicas.

La norma además detalla que “entre el 7 de agosto y el 1 de octubre el horario de prestación de servicios para el personal de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, incluidas las comunas rurales, quedará comprendido entre las 8 y las 18”.

Por otra parte también se establece que deberán regresar a la presencialidad “los agentes mayores de 60 años, embarazadas o (personal) incluido en los grupos de riesgo, según fueran definidos por el ministerio de Salud de la Nación, siempre que hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la covid-19, y una vez transcurridos los 14 días de la inoculación”. Los trabajadores deberán presentar la constancia de vacunación o manifestar con carácter de declaración jurada “los motivos por los cuales no pudieron acceder a la misma”. “Las embarazadas y el personal perteneciente a los grupos de riesgo que presente servicios en el área de salud pública, con alto riesgo de exposición, sólo podrán retornar a la actividad presencial una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad”, aclara la normativa.

Según el artículo 4 del decreto, el personal que no reúna estas condiciones “quedará dispensado del deber de asistencia al lugar de trabajo, debiendo realizar sus tareas, en tanto ello sea posible, desde su hogar”.

Fuente: La Gaceta