Sáb. May 9th, 2026

En medio de un pedido de justicia colectivo por el crimen de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado a golpes, por cuya muerte fueron declaradas culpables la progenitora del menor, Magdalena Espósito Valenti, y su novia, Abigail Páez, el próximo 13 de febrero se conocerá la pena que caerá sobre las condendas. Sin embargo, los delitos y agravantes que les imputaron indican que recibirán prisión perpetua.

Los jueces de Tribunal de Audiencias de Santa Rosa, La Pampa, declararon culpables a ambas detenidas por los delitos de homicidio agravado. Para los jueces Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez no hay dudas: ambas mujeres fueron las asesinas.

Valenti fue considerada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento. Aunque fue absuelta por el delito de abuso sexual por el beneficio de la duda. Esta medida judicial generó el cuestionamiento de Ramón Dupuy, el abuelo del menor, quien estaba presente en la sala, y la consideró una «mala decisión».

En tanto, Páez fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.

Si bien el tribunal no dio a conocer el monto de la pena que recibirán las condenadas, el delito que le imputaron a ambas estipula como única opción la pena de prisión perpetua.

La condena máxima en Argentina es de 35 años 
y el término “cadena perpetua” ya no existe más, sino que en la reforma de la Constitución en 1994 pasó a llamarse “prisión perpetua”. Según las normas y el reglamento carcelario, antes de ese lapso de tiempo las detenidas podrán obtener la libertad bajo ciertas condiciones, que establece la Ley Penal en su artículo 13.

Las acusadas Espósito Valenti y Páez no estuvieron presentes en la sala de audiencias del Centro Judicial de Santa Rosa y escucharon la lectura del veredicto de manera virtual en su lugar de alojamiento, en el Centro de Detención de la provincia de San Luis.

En los alegatos, el equipo de fiscales había acusado a la madre de Lucio por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la ascendiente (progenitora), con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía”.

Respecto a Páez, habían pedido que sea condenada por el “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía”. /Crónica