La Justicia tucumana sobreseyó al Vocal de la Corte Suprema, Antonio Estofán de la acusación de coacción agravada y abuso de autoridad y de haber hecho una sugerencia impropia a la empleada judicial Elvira de las Mercedes Mayol. La denuncia fue desestimada por pedido de la fiscala Mariana Marta Rivadeneira y por decisión del juez Raúl Cardozo, confirmada por el juez de la Cámara de Apelaciones Fabián Fradejas.
La denuncia fue presentada en la Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán el 23 de septiembre de 2020. En el documento se describe un hecho ocurrido en 2019, en donde el denunciado habría realizado una «propuesta indecente» a la denunciante para solucionar una medida judicial en la que estaba implicada.
Durante la presidencia de Daniel Posse, Elvira de las Mercedes Mayol fue propuesta para un ascenso, que más tarde quedaría demorado en la Vocalía de Estofán. Por esta razón –y siempre según lo que reza el documento acusatorio-, Mayol solicita una audiencia, entre fines de julio y comienzos de agosto, para ser oída por el integrante de la Corte denunciado.
Una vez logrado el encuentro, la denunciante describe que, sin mediar palabra, Estofán supone y le explicita que el motivo de la audiencia solicitada por Mayol estaba relacionado a una causa judicial en la que ella solicitaba el pago de una indemnización por parte de la empresa Andreani. “Conjeturó (Estofán) que el motivo de la audiencia impetrada por la suscrita versaba sobre la causa penal fraguada por el abogado Alfredo Falú en representación de la persona jurídica Andreani en connivencia con el entonces titular de la Fiscalía de Instrucción de la Xº Nominación Guillermo Segundo Herrera, con la finalidad de evitar el pago de una indemnización de dicha empresa a la suscrita”, reza el documento.
Sin poder aclarar la confusión, la denunciante describe que el vocal decano le expresó rápidamente que “esto se soluciona de otro modo” (sic) –en referencia a la causa penal que la incluía- y que, luego, Estofán le dijo “podemos salir, tomar algo y luego hacer algo más” (sic) para después directamente proponer un encuentro sexual para resolver el proceso penal.
A partir del rechazo a la propuesta del vocal decano, señala la denuncia, “empezó un verdadero ‘vía crucis’ que terminó afectando seriamente la salud psicofísica de la suscrita y, como era de prever, por no ceder a las apetencias sexuales del Vocal Decano, hasta la actualidad no puede ascender, a pesar de corresponderle legalmente”.
En declaraciones a la prensa , Estofán dijo que en la época de la denuncia se encontraba con una incapacidad física temporaria, convaleciente de una cirugía mayor practicada en mayo de 2019 en el hospital Italiano en Buenos Aires y que el grado de “incapacidad física” hacía imposible que se haya dado la conversación y la propuesta indecente que denunciaba Mayol. Acompañó la historia clínica expedida por el hospital Italiano.
Luego de realizarse las pericias psiquiátricas, y de avanzar en la investigación, se concluyó que no se comprobó la existencia del acoso sexual ni las graves inconductas imputadas al doctor Estofán”, ni “tampoco se ha constatado ninguna de las circunstancias fácticas invocadas por la denunciante vinculadas al hecho investigado”.
La fiscala conclusional Mariana Marta Rivadeneira formuló requerimiento de desestimación de la denuncia y pidió que se disponga su sobreseimiento. El 16 de julio el juez Raúl Cardozo desestimó la denuncia; Mayol apeló; el caso fue a la Cámara de Apelaciones, cuyo tribunal fue recusado por la denunciante hasta que el 14 de diciembre la Cámara, con la firma del vocal Fradejas, desestimó la denuncia, sobreseyó a Estofán y archivó el caso.