El producto prohibido por la ANMAT
La decisión del organismo nacional se hizo oficial luego de ser publicada en el Boletín Oficial de la fecha. Según detalló el ANMAT, el jabón líquido de la marca «Más Vida» no se encuentra «inscripto ante la ANMAT» y, además, su rótulo «no cuenta con datos identificatorios del establecimiento responsable habilitado por administración”.
El producto era comercializado sobre todo a través de plataformas digitales. Debido a esto, los links para la comercialización del jabón fueron remitidos a la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta Administración para su intervención, por lo que ya no se podrá acceder al producto.
En la disposición oficial, el organismo argumentó la decisión de prohibir su «uso, comercialización, publicidad y distribución» en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica. “A fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura, y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para que los productos puedan ser comercializados», detalló la administración.
ANMAT prohibió un gel repelente de insectos
En las últimas semanas, y con las campañas contra el dengue intensificándose, la ANMAT prohibió el «uso, comercialización, publicación y distribución» de un gel repelente de insectos. La medida fue determinada a través de la Disposición 7727/2024 publicada en el Boletín Oficial y rige en todo el territorio nacional.
El organismo dependiente del Ministerio de Salud prohibió el producto “Gel repelente de insectos, marca Kaen 1000, elaborado y fraccionado por Rodriflor S.A. Arenales 333, Ramos Mejía, pcia de Buenos Aires, Argentina R.P.E. 1136”. A raíz de las consultas recibidas en el Sistema de Cosmetovigilancia en relación con el repelente, se consultó en la base de datos del organismo e iniciaron las actuaciones correspondientes debido a que no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan.
En el rotulado del producto, figuraba la firma de la empresa Rodiflor S.A, por lo que se realizó una inspección de verificación y pudo comprobarse que personal de la firma se encontraba en el proceso de etiquetado y codificado del gel repelente de insectos. Ante esto, las autoridades solicitaron los documentos correspondientes, pero la persona encargada de la tarea manifestó carecer de los, por lo que la administración decidió la «inhibición de la comercialización y destrucción de las unidades del producto por carecer de inscripción sanitaria ante la ANMAT«.
En consecuencia, por tratarse de un repelente que carece de su respectiva inscripción sanitaria que fue elaborado en un establecimiento que no cuenta con registros de producción y control de calidad de cada lote, no resulta posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación. A consecuencia de esto, a fin de proteger a eventuales usuarios del artículo involucrado.