La Corte sigue ajustándose a derecho y sus fallos molestan y contradicen al gobierno, que intenta y quiere gobernar al margen de la Constitución y sus leyes. Ahora el Tribunal Supremo dejó sin efecto el otorgamiento de un enorme predio a la lof “Che Buenuleo” que mantenía un conflicto legal con un particular desde hace años. Efectivamente la Corte dejó sin efecto la cesión de 481 hectáreas a una comunidad mapuche en las cercanías de Bariloche que había dispuesto en 2020 el Gobierno nacional.
La discusión por estos terrenos es larga y compleja. Los Buenuleo aseguran tener presencia histórica en el área del cerro Ventana, en Bariloche, desde 1909. En 2020, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), mediante la resolución 90/2020 otorgó a esta familia 481 hectáreas fundándose en «la ocupación actual, tradicional y pública» del territorio.

Pero un año antes se había presentado ante la comunidad Emilio Friedrich con un boleto de compraventa de Claudio Thieck por 90 hectáreas del total, que a partir de ese momento le pertenecerían a él. Thieck le había asegurado a Friedrich que la porción de tierras fue comprada a Antonio Buenuleo, representante formal en 2001. Tiempo después Buenuleo denuncia como falso el boleto entregado por Thieck a Friedrich.
De esta manera la comunidad y Friedrich iniciaron una extensa disputa legal que llegó a las más altas instancias judiciales. La resolución del INAI parecía zanjar el tema de fondo referido a si los Buenuleo eran o no propietarios de las hectáreas que reclamaban desde hacía décadas.
En este contexto, Friedrich inició un amparo contra el INAI, con el propósito de que se declare la nulidad de la resolución 90/2020 que apuntalaba la posición de los mapuches sobre el territorio en general y las 92 hectáreas en particular que decía haber comprado. En noviembre de 2021 la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal anuló la resolución del INAI, dándole la razón a Friedrich. La Cámara interpretó que no se había cumplido con el procedimiento previo a su dictado, que tiende a resguardar los derechos de todos los interesados.
El INAI presentó un recurso extraordinario, el cual le fue denegado. Luego presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero lo hizo una vez que se había vencido el plazo legal establecido.
Tomando en cuenta estos antecedentes la Corte rechazó el recurso por extemporáneo, quedando firme la sentencia de Cámara.
El gobierno interpreta que sus decisiones están por encima de las leyes y actúa con absoluta arbitrariedad no solo en casos como éste que la Suprema Corte rechaza, sino en varios otros que han enfrentado al poder Ejecutivo y al Legislativo con el poder Judicial. El afectado o los afectados por decisiones injustas, no les queda otro recurso que acudir a la justicia. Es lo que determina nuestro sistema político, la que debe actuar con independencia y ajustándose a lo que dicta la Constitución. En una democracia republicana como es la elegida por los padres de nuestra organización institucional, son las leyes las que mandan y no los funcionarios. Es lo que se llama el Imperio de la Ley.